El Real Decreto 933/2021, aprobado por el Ministerio del Interior del Gobierno de España y que entra en vigor este mes de diciembre de 2024, ha generado preocupación y debate en la comunidad de usuarios de autocaravanas y cámperes.
Porque también tiene implicaciones para el usuario, al que generará molestias, e importantes para las empresas de alquiler de autocaravanas, ya que amplía las responsabilidades de los proveedores de servicios de hospedaje y transporte turístico, como lo son estos vehículos. De hecho, el Real Decreto 933/2021 obliga a las empresas de alquiler de autocaravanas y cámperes a ser más rigurosas en el registro y control de sus clientes, lo que supone un esfuerzo adicional en términos de recursos y cumplimiento normativo. “Una circunstancia que significará muchas más molestias para los clientes antes de salir con la autocaravana”, lamenta Enrique Rita, gerente de AC-LLAR, empresa asociada a ASEICAR y referente en el alquiler y venta de autocaravanas y cámperes en la Comunitat Valenciana.
¿Qué establece el Real Decreto 933/2021?
El decreto obliga a las empresas de alquiler de autocaravanas cámperes, como a establecimientos de hospedaje a registrar los datos de todos sus huéspedes y remitirlos a las fuerzas de seguridad, una medida que busca prevenir actividades ilícitas y mejorar la seguridad. Entre los casi 40 datos requeridos se encuentran el nombre completo, número de documento de identidad, fecha de nacimiento, filiación, nacionalidad, número de bastidor, forma de pago, conductores, color del vehículo, modelo, matrícula o la fecha de entrega y recogida.
“Para agilizar de alguna manera el proceso, ASEICAR ha creado una herramienta para transmitir esos datos al Ministerio del Interior que utilizaremos en AC-LLAR, aunque sabemos que la aplicación de la nueva normativa va a perjudicar al usuario a ralentizar mucho el proceso de entrega de vehículos”, comenta Rita.
Aunque las áreas de pernocta privadas, cámpines y otros espacios específicos para autocaravanas ya estaban sujetas a ciertas normativas similares, como se puede comprobar, este decreto amplía la exigencia de control de viajeros. Esto incluye a cualquier espacio que ofrezca servicios de estacionamiento y pernocta, incluso aquellos gestionados por pequeñas empresas o particulares.
Impacto en los caravanistas
Los efectos de esta normativa varían dependiendo del tipo de viajero y del lugar de pernocta:
En áreas privadas de autocaravanas: propietarios de áreas de estacionamiento privadas deben implementar sistemas para registrar y reportar los datos de los usuarios. Esto puede traducirse en un incremento de precios, ya que algunos administradores han señalado la necesidad de invertir en software especializado o en personal adicional para cumplir con las obligaciones legales.
En cámpines: los cámpines, acostumbrados a registrar a sus huéspedes, no experimentarán grandes cambios. Sin embargo, para los usuarios de autocaravanas y cámperes, esto significa que la experiencia de pernocta puede volverse más burocrática, especialmente en cámpines más pequeños que aún no tenían sistemas digitalizados.
Estacionamiento libre: los viajeros que optan por estacionar en áreas públicas o en terrenos no regulados, como parte de su filosofía de libertad y desconexión, se ven menos afectados directamente. Sin embargo, la normativa podría incentivar a las autoridades locales a establecer mayores restricciones en estas prácticas mediante la promoción del uso de espacios regulados.
En empresas de alquiler: tardarán mucho más en recoger su vehículo, lo que estresará el funcionamiento de las compañías, que quedarán al albur de la paciencia de los usuarios y de su contextualización de la normativa que exige a estas empresas a trabajar al detalle los datos de los usuarios.
¿Qué implicaciones legales tiene para los viajeros?
Para los caravanistas, este decreto no impone obligaciones directas, pero sí exige que proporcionen sus datos personales al momento de registrarse en un área privada o camping. Negarse a hacerlo podría impedir su estancia. Además, la normativa refuerza el control sobre las actividades de hospedaje no autorizadas, lo que podría derivar en sanciones para quienes utilicen espacios sin permisos adecuados.
Reacciones de la comunidad y el sector
La comunidad de caravanistas ha recibido la normativa con escepticismo. En palabras de Enrique Rita, “el lógico, porque, como he señalado, éstas nuevas medidas burocráticas complican una actividad que se caracteriza por la libertad y la sencillez y , aunque, a la vez, refuerzan la seguridad de los viajeros y combaten el alojamiento ilegal, por lo que fomentan una competencia más justa”.
Recomendaciones para los caravanistas
Por todo ello, es recomendable que los caravanistas se armen de paciencia y tengan en cuenta en lo sucesivo las siguientes recomendaciones:
Informarse previamente: antes de planificar un viaje, es útil conocer las normativas locales y los requisitos específicos de los lugares de pernocta.
Adaptarse a los cambios: llevar consigo documentación actualizada y estar dispuesto a proporcionar los datos necesarios puede evitar contratiempos.
Apoyar el sector regulado: optar por áreas y campings que cumplan con la normativa ayuda a mantener una oferta de calidad y a fomentar buenas prácticas.
En este contexto, “es clave que los usuarios se mantengan informados y colaboren con los gestores para disfrutar de sus viajes de manera segura y responsable”, concluye Rita.